LEY401892189210 script var date = new Date(24/10/1892); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XXVIII. N. 8979. 10, NOVIEMBRE, 1892. PÁG. 3.CONGRESO DE COLOMBIApor la cual se concede una autorización al GobiernoVigencia en EstudiofalsefalsePlaneaciónfalseContratación estatalfalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objeto.false10/11/189210/11/1892897914593

DIARIO OFICIAL. AÑO XXVIII. N. 8979. 10, NOVIEMBRE, 1892. PÁG. 3.

LEY 40 DE 1892

(octubre 24)

por la cual se concede una autorización al Gobierno

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


Artículo único. Autorízase al Gobierno para conceder, en licitación pública, con las condiciones que juzgue equitativas y convenientes, privilegio para la construcción de un astillero en un lugar aparente en la bahía de Panamá. 

  

Dada en Bogotá, á veintiuno de Octubre de mil ochocientos noventa y dos. 

  

El Presidente del Senado, J. M.CAMPO SERRANO -El Presidente de la Cámara de Representantes, PEDRO VÉLEZ -El Secretario del Senado, Enrique de Narváez-El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda. 

  

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 24 de Octubre de 1892. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

(L. S.) M.A. CARO - El Ministro de Fomento, JOSÉ MANUEL GOENAGA G.