LEY381941194109 script var date = new Date(12/09/1941); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24764. 17, SEPTIEMBRE, 1941. PÁG. 14.CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se fomenta la industria lanar y la Cooperativa Ovina de Marulanda en el Departamento de CaldasDEROGADOfalsefalseAgricultura y Desarrollo RuralfalseAgricultura|IndustriafalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objeto.false17/09/194103/03/202117/09/19412476485814

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24764. 17, SEPTIEMBRE, 1941. PÁG. 14.

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

LEY 38 DE 1941

(septiembre 12)

Por la cual se fomenta la industria lanar y la Cooperativa Ovina de Marulanda en el Departamento de Caldas

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


ARTICULO 1º Derogado. 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



ARTICULO 2º Derogado. 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



ARTICULO 3º Derogado. 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



ARTICULO 4º Derogado. 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]


Dada en Bogotá a cinco de septiembre de mil novecientos cuarenta y uno. 

  

El Presidente del Senado, PEDRO JUAN NAVARRO - El Presidente de la Cámara de Representantes, ALBERTO LLERAS - El Secretario del Senado, B. Moreno Torralbo - El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe MARQUEZ

  

Organo Ejecutivo - Bogotá, 12 de septiembre de 1941. 

  

Publíquese y Ejecútese. 

  

EDUARDO SANTOS. 

  

El Ministro de la Economía Nacional, 

  

Gonzalo RESTREPO