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LEY371912191210 script var date = new Date(11/10/1912); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO. XLVIII. N. 14731. 30, OCTUBRE, 1912. PÁG. 2.CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se derogan varias disposiciones legalesVigencia en EstudiofalsefalseTrabajofalseLaboral individual|Servicios públicos domiciliariosfalseLEY ORDINARIANo vigente porque agotó su objetofalse30/10/191230/10/1912147318982

DIARIO OFICIAL. AÑO. XLVIII. N. 14731. 30, OCTUBRE, 1912. PÁG. 2.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 37 DE 1912

(octubre 11)

Por la cual se derogan varias disposiciones legales

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El congreso de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°.Deróganse la Ley número 12 de 1905 y el artículo 166 de la ley 40 de 1907. 

  

En consecuencia queda insubsistente el Decreto ejecutivo 1165 de 3 de octubre del mismo año, sobre reglamentación del ejercicio de la profesión de abogado, y suspendidos los efectos que su práctica haya podido producir. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2°.Deróganse igualmente el Decreto legislativo número 24 de 1906, sobre alumbrado público y provisión de aguas. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


Dada en Bogotá a siete de octubre mil novecientos doce. 

  

El Presidente del Senado, 

  

Luis A Mesa

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

J. M. Pasos 

  

El Secretario del Senado, 

  

Bernardo Escobar 

  

El Secretario de la Cámara de Representantes, 

  

JOSÉ DE LA VEGA 

  

Poder Ejecutivo- Bogotá octubre 11 de 1912 

  

Publíquese y Ejecútese 

  

CARLOS E. RESTREPO 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

PEDRO M. CARREÑO