LEY351940194011 script var date = new Date(06/11/1940); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXVI. N. 24509. 9, NOVIEMBRE, 1940. PÁG. 1.CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se decreta una exención de derechos de aduana para algunos materiales destinados a las Empresas Públicas de Medellín y ManizalesVigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseAduanero|Comercio exteriorfalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objeto.false09/11/194006/11/1940245094091

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVI. N. 24509. 9, NOVIEMBRE, 1940. PÁG. 1.

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

LEY 35 DE 1940

(noviembre 06)

Por la cual se decreta una exención de derechos de aduana para algunos materiales destinados a las Empresas Públicas de Medellín y Manizales

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


ARTICULO 1° Exímese del pago de derechos de aduana la introducción de materiales que hagan los Municipios de Medellín y Manizales, con destino al montaje de las plantas de filtración y cambio de las tuberías de distribución de sus acueductos públicos, lo mismo que la introducción de la tubería y equipo eléctrico destinado al nuevo desarrollo de la Central de Guadalupe. 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]


ARTICULO 2° Si el Municipio de Medellín iniciare la construcción de una nueva central hidroeléctrica en el plazo de cinco años a partir de la vigencia de la presente Ley, la introducción de materiales con destino a dicha construcción quedará igualmente exenta del pago de derechos de aduana. 

  


ARTICULO 3° Esta Ley regirá desde su sanción. 

  

Dada en Bogotá a veinticinco de octubre de mil novecientos cuarenta. 

  

El Presidente del Senado, PARMENIO CARDENAS-El Presidente de la Cámara de Representantes, LUIS ALFONSO DELGADO-El Secretario del Senado, Rafael Campo A. El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez

  

Organo Ejecutivo-Bogotá, 6 de noviembre de 1940 

  

Publíquese y ejecútese, 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

CarlosLLERAS RESTREPO