LEY351936193602 script var date = new Date(20/02/1936); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXII. N. 23129. 7, MARZO, 1936. PÁG. 2.CONGRESO DE LA REPÚBLICApor la cual se provee a la comunicación y desarrollo de la colonia Agrícola de SumapazVigentefalsefalseAgricultura y Desarrollo RuralfalseAgriculturafalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objeto.false07/03/193620/02/1936231295222

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXII. N. 23129. 7, MARZO, 1936. PÁG. 2.

LEY 35 DE 1936

(febrero 20)

por la cual se provee a la comunicación y desarrollo de la colonia Agrícola de Sumapaz

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta

  


ARTICULO 1º Declárase vía nacional la que comunique la Colonia Agrícola de Sumapaz con la capital de la República. 

  


ARTICULO 2º Para las apropiaciones destinadas a estudios y construcción referentes a esta carretera, se seguirán las normas establecidas por la Ley 88 de 1931 en lo relativo a construcción de carreteras. 

  


ARTICULO 3º Autorízase al Poder Ejecutivo para celebrar con el Banco Agrícola Hipotecario o con cualquier otro establecimiento bancario de crédito, un contrato en virtud del cual esta entidad se encargue de las operaciones de crédito a que se refieren los artículos 7° y 8° del Decreto Ejecutivo número 839 de 1928. Para este afecto, se estipulará que el Banco otorgará créditos directamente a los colonos, garantizados por la hipoteca de la parcela, que sólo se adjudicará en las condiciones previstas en el artículo 9° del Decreto citado, y con la responsabilidad subsidiaria del Estado. 

  


ARTICULO 4° Esta Ley regirá desde su sanción. 

  

Dada en Bogotá, a seis de febrero de mil novecientos treinta y seis. 

  

El Presidente del Senado, JOSE JOAQUIN CAICEDO CASTILLA-El Presidente de la Cámara de Representantes, PEDRO CLAVER AGUIRRE -El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo. 

  

Poder Ejecutivo-Bogotá, febrero 20 de 1936. 

  

Publíquese y ejecútese, 

  

ALFONSO LOPEZ 

  

El Ministro de Industrias y Trabajo, G. MARTINEZ PEREZ-El Ministro de Obras Públicas, César GARCIA ALVAREZ