DIARIO OFICIAL. AÑO XLIX. N. 15029. 25, OCTUBRE, 1913. PAG. 1.
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LEY 31 DE 1913
(octubre 18)
por la cual se honra la memoria del doctor Juan de Dios Carrasquilla L.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia,
CONSIDERANDO:
1.° Que el señor doctor Juan de Dios Carrasquilla durante su larga y fecunda existencia tuvo siempre al servicio de la Patria su claro talento y profundos conocimientos.
2.° Que los trabajos científicos del doctor Carrasquilla han dado días de gloria a Colombia y constituyen un monumento de honra nacional; y
3.° Que el doctor Carrasquilla L., por su amor a la Patria y positivos servicios prestados al adelanto de la ciencia, ayudó a calmar los dolores de la humanidad
DECRETA:
Artículo 1° La República honra la memoria del señor doctor Juan de Dios Carrasquilla L. y declara ilustre su nombre.
Artículo 3° Un retrato al óleo del doctor Carrasquilla, pagado por el Tesoro Público, se colocará en el salón de sesiones de la Academia Nacional de Medicina.
Artículo 4° Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley se considerarán incluídos en el Presupuesto de la próxima vigencia.
Dada en Bogotá á trece de octubre de mil novecientos trece.
El Presidente del Senado,
MIGUEL R. QUIN.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
FRANCISCO SORZANO.
El Secretario del Senado,
Julio H. Palacio
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Daniel J. Reyes.
Poder Ejecutivo-Bogotá, octubre 18 de 1913.
Publíquese y ejecútese.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Gobierno,
JOSÉ MANUEL ARANGO