LEY271967196707 script var date = new Date(07/07/1967); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CIV. N. 32269. 15, JULIO, 1967. PÁG. 1.CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual la Nación se asocia a la conmemoración del segundo centenario de la fundación de la ciudad de San Pablo, Departamento de NariñoVigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseLeyes de homenaje, Honores, conmemorativas y monumentosfalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse15/07/196707/07/1967322691371

DIARIO OFICIAL. AÑO CIV. N. 32269. 15, JULIO, 1967. PÁG. 1.

LEY 27 DE 1967

(julio 07)

Por la cual la Nación se asocia a la conmemoración del segundo centenario de la fundación de la ciudad de San Pablo, Departamento de Nariño

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

DECRETA: 


Artículo 1º. Con motivo de la celebración del segundo centenario de la fundación de la ciudad de San Pablo, Departamento de Nariño, el 1º. de diciembre de 1973, la Nación se asocia y se hace partícipe de las festividades que en la mencionada ciudad proyectan realizarse. 


Artículo 2º. Como aporte de la Nación a algunas obras de San Pablo, destínase la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000.00), la que ser distribuida así 

Para la iluminación y arreglo de la Avenida La Playa $100.000.00
Para la pavimentación de sus calles $150.000.00

Artículo 3º. La partida de que trata el Artículo 2º. será incluída en el Presupuesto Nacional, en la vigencia siguiente a la sanción de esta Ley. Si ello no fuere posible se faculta al Gobierno Nacional para hacer los traslados y contracréditos y dar cumplimiento a la presente Ley. 


Artículo 4º. Esta Ley regir desde su sanción. 

Dada en Bogotá, D.E., a 13 de junio de 1967. 

El Presidente del Senado, 

SAUL PINEDA 

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

CARLOS DANIEL ABELLO ROCA 

El Secretario del Senado, 

Lázaro Restrepo Restrepo. 

El Secretario de la Cámara de Representantes, 

Luis Esparragoza Gálvez. 

República de Colombia. Gobierno Nacional. 

Bogotá, D.E., julio 7 de 1967. 

Publíquese y ejecútese. 

CARLOS LLERAS RESTREPO 

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama. EL Ministro de Obras Públicas, Bernardo Garcés Córdoba.