LEY251983198310 script var date = new Date(18/10/1983); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO.CXX. N.36367.28, OCTUBRE, 1983.PÁG.1CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se reglamenta el artículo 28 de la Constitución NacionalDEROGADOfalsefalsefalseDerechos humanos y DIH|PenalfalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objeto.false28/10/198303/03/202128/10/1983363674331

DIARIO OFICIAL. AÑO.CXX. N.36367.28, OCTUBRE, 1983.PÁG.1

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RESUMEN DE JURISPRUDENCIA [Mostrar]

LEY 25 DE 1983

(octubre 18)

Por la cual se reglamenta el artículo 28 de la Constitución Nacional

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Derogado. 

  


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Artículo 2°. Derogado. 


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LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Artículo 3°. Derogado. 


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LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Artículo 4°. Derogado. 


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LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Artículo 5º. Derogado. 


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Artículo 6°. Derogado. 


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LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Artículo 7°. Derogado. 


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LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Artículo 8°. Derogado. 


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Artículo 9°. Derogado. 


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Artículo 10. Derogado. 


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LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Artículo 11. Derogado. 

  


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LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]


Dada en Bogotá, D. E., a los veinte días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y tres. 

  

El Presidente del honorable Senado, 

  

CARLOS HOLGUIN SARDI 

  

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, 

  

CESAR GAVIRIA TRUJILLO 

  

El Secretario General del honorable Senado, 

  

Crispín Villazón de Armas. 

  

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, 

  

Julio Enrique Olaya Rincón. 

  

------ 

  

República de Colombia. - Gobierno Nacional. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

Bogotá, D. E., 18 de octubre de 1983. 

  

BELISARIO BETANCUR 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

Alfonso Gómez Gómez. 

  

El Ministro de Justicia, 

  

Rodrigo Lara Bonilla.