LEY251910191007 script var date = new Date(14/07/1910); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLVI. N. 14049. 28, JULIO, 1910. PÁG. 2.ASAMBLEA NACIONAL DE COLOMBIpor la cual se crea un DepartamentoVigencia en EstudiofalsefalsefalseEntes territorialesfalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse28/07/191020/07/191014049782

DIARIO OFICIAL. AÑO XLVI. N. 14049. 28, JULIO, 1910. PÁG. 2.

LEY 25 DE 1910

(julio 14)

por la cual se crea un Departamento

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

La Asamblea Nacional de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1.° Con el nombre de Departamento del Norte de Santander y con capital en San José de Cúcuta, créase un nuevo Departamento, que será formado por todos los Municipios que componen las tres Provincias de Cúcuta, Ocafla y Pamplona, por los límites actuales. 

  

1.° Las Provincias mencionadas subsistirán como tales en el nuevo Departamento que por esta Ley queda erigido, y tendrán como capitales, respectivamente, las ciudades de San José de Cúcuta, Ocaña y Pamplona. 

  

2.° La porción de territorio de la cual se segregan las Provincias mencionadas en este artículo, conservarán el nombre de Departamento de Santander. 

  


Artículo 2.° Esta Ley entrará en vigor e¡ día 20 de Julio próximo. 

  

Dada en Bogotá, á catorce de Julio de mil novecientos diez. 

  

El Presidente, 

  

EMILIO FERRERO 

  

El Secretario, 

  

Marcelino Uribe Arango 

  

Poder Ejecutivo-Bogotá, Julio 14 de 1910. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

(L. S.) RAMON GONZALEZ VALENCIA 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

MIGUEL ABADIA MENDEZ