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LEY241879187905 script var date = new Date(24/05/1879); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XV. N. 4425. 27, MAYO, 1879, PÁG. 1.CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIAQue asigna una pensión al Sarjento Mayor Ceferino NavasVigencia en EstudiofalsefalseDefensa NacionalfalseFuerza publica|PensionesfalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque cumplió su objeto27/05/187927/05/1879442567431

DIARIO OFICIAL. AÑO XV. N. 4425. 27, MAYO, 1879, PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 24 DE 1879

(mayo 24)

Que asigna una pensión al Sarjento Mayor Ceferino Navas

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de los Estados Unidos de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Asígnase al Sarjento-mayor Ceferino Návas una pensión de cuarenta pesos ($ 40) mensuales, que se pagará como las de los militares de la Independencia. 

  

Dada en Bogotá, a siete de mayo de mil ochocientos setenta i nueve. 

  

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios, 

  

Eusebio Moráles. 

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

Francisco Capella. 

  

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios, 

  

Adolfo Cuéllar. 

  

El Secretario de la Cámara de Representantes, 

  

Enrique Gaona. 

  

Bogotá, 24 de mayo de 1879. 

  

Publíquese i ejecútese. 

  

(L. S.) JULIAN TRUJILLO. 

  

El Secretario del Tesoro i Crédito nacional, 

  

Emigdio Palau. 

  

Esta lei se recibió para la sanción el dia 21 del presente