DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIV. N. 23743. 1, ABRIL, 1938. PÁG. 1.
LEY 22 DE 1938
(marzo 22)
por la cual se organiza una Escuela de Artes y Oficios
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1.° El Gobierno organizará una Escuela de Artes y Oficios en una de las poblaciones e Buenaventura, Guapi o Tumaco para personal de la costa de la Intendencia del Chocó y de los Departamentos del Valle del Cauca, Nariño y Cauca.
ARTICULO 2.° El Gobierno determinará en cuál de las poblaciones mencionadas debe establecerse escuela, después de estudiar las condiciones geográficas de la región y la posibilidad de prestar servicio al mayor número de habitantes.
ARTICULO 3.° La enseñanza en la Escuela de Artes y Oficios de que habla esta Ley será gratuita. No se cobrarán derechos de matrícula.
Dada en Bogotá a catorce de febrero de mil novecientos treinta y ocho.
El Presidente del Senado, HUMBERTO GOMEZ NARANJO-El Presidente de la Cámara de Representantes, PEDRO ALONSO JAIMES.-El Secretario del Senado, Antonio Orduz Espinosa--El Secretario de la Cámara De Representantes, Jorge Uribe Márquez.
Organo Ejecutivo-Bogotá, marzo 22 de 1938.
Publíquese y ejecútese.
ALFONSO LOPEZ.
El Ministro de Industrias Y Trabajo,
Antonio ROCHA.
El Ministro de Educación Nacional,
José Joaquín CASTRO M.