DIARIO OFICIAL. AÑO XLVII. N. 14418. 11, OCTUBRE, 1911. PÁG. 03.
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LEY 20 DE 1911
(octubre 07)
de créditos adicionales al Presupuesto de Gastos de 1911 (del Ministerio de Relaciones Exteriores)
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo único. Abrese al Poder Ejecutivo, con imputación á los capítulos y artículos que en seguida se expresan, los siguientes créditos adicionales:
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
DEPARTAMENTO DE RELACIONES EXTERIORES
Capítulo 26.
Servicio diplomático.
| Artículo 176.Para gastos en el servicio diplomático | $ | 40 |
Capítulo 28. Gastos varios.
Artículo 178. Para gastos de la Oficina de Longitudes, en personal y material | 5 | |
| Suma | $ | 45 |
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Dada en Bogotá á siete de Octubre de mil novecientos once.
El Presidente del Senado,
P. A. MOLINA
El Presidente de la Cámara de Representantes,
Miguel Abadía Mendez
El Secretario del Senado,
Carlos Tamayo
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Miguel A. Peñaredonda
Poder Ejecutivo-Bogotá, Octubre 7 de 1911.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.) CARLOS E. RESTREPO
El Subsecretario del Tesoro encargado del Despacho,
RICARDO HINESTROSA DAZA
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