LEY191904190411 script var date = new Date(10/11/1904); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XL. N. 12222. 26, NOVIEMBRE, 1904. PÁG. 1.CONGRESO DE LA REPUBLICAPor la cual se dictan varias medidas de fomento para la región del ChocóDEROGADOfalsefalseComercio, Industria y TurismofalseIndustriafalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objeto.false26/11/190403/03/202126/11/1904122229971

DIARIO OFICIAL. AÑO XL. N. 12222. 26, NOVIEMBRE, 1904. PÁG. 1.

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LEY 19 DE 1904

(noviembre 10)

Por la cual se dictan varias medidas de fomento para la región del Chocó

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


Art. 1.° Derogado 


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Art. 2.° Derogado 


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Art. 3.° Derogado 


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Art. 4.° Derogado 


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Art. 5.° Derogado 


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Art. 6.° Derogado 


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Art. 7.° Derogado 


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Art. 8.° Derogado 


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Art. 9.° Derogado 


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Art. 10. Derogado 


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Art. 11. Derogado 


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Art. 12. Derogado 


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Art. 13. Derogado 


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Art. 14. Derogado 


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Art. 15. Derogado 


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Art. 16. Derogado 


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Art. 17. Derogado 


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Art. 18. Derogado 


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Art. 19. Derogado 


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Art. 20. Derogado 


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Art. 21. Derogado 

  


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Art. 22. Derogado 


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Art. 23. Para que haya lugar al pago de la expresada subvención es preciso que el empresario respectivo se obligue mediante garantía suficiente, á juicio del Poder Ejecutivo: 

  

1° A hacer cada mes dos viajes redondos, por lo menos, en ambos ríos; 

  

2° A que las embarcaciones reúnan condiciones bastantes de seguridad y carguen, por lo menos, cincuenta toneladas, sin remolcar otra embarcación; 

  

3° A establecer, de acuerdo con el Gobierno, la tarifa de fletes y pasajes; 

  

4° A conducir gratis el correo nacional; y 

  

5.° A transportar por sólo la mitad del pasaje corriente las tropas nacionales y los empleados civiles en comisión. 

  


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Art. 24. Derogado 


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Art 25. Derogado 


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Art. 26. Derogado 


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Art. 27. Derogado 


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Art. 28. Derogado 


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Art. 29. Derogado 


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Art. 30. Derogado 


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Art. 31. Derogado 


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Art. 32. Derogado 

  


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Art. 33. Derogado 

  

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Dada en Bogotá, a dos de Noviembre de mil novecientos cuatro. 

  

El Presidente del Senado, Guillermo Quintero C.-El Presidente de la Cámara de Representantes, Julio e. Botero-El Secretario del Senado, Luis Felipe Angulo-El Secretario de la Cámara de Representantes, Luis Martínez Silva. 

  

Poder Ejecutivo-Bogotá, Noviembre 10 de 1904. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

(L. S.) R. REYES 

  

El Ministro de Hacienda, 

  

lucas CABALLERO