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LEY181930193010 script var date = new Date(21/10/1930); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL AÑO LXVI. N. 21526. 25, OCTUBRE, 1930. PÁG. 1.CONGRESO DE LA REPÚBLICAPOR LA CUAL SE APRUEBA LA CONVENCION POSTAL UNIVERSAL DE LONDRESVigentefalsefalseRelaciones ExterioresfalseRelaciones exteriores|Servicios postales|Tratados y otros actos internacionalesfalseLEY APROBATORIA DE TRATADOfalse25/10/193021/10/1930215262651

DIARIO OFICIAL AÑO LXVI. N. 21526. 25, OCTUBRE, 1930. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 18 DE 1930

(octubre 21)

POR LA CUAL SE APRUEBA LA CONVENCION POSTAL UNIVERSAL DE LONDRES

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY APROBATORIA DE TRATADO

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


Artículo 1° Apruébase la Convención Postal y los Convenios adicionales firmados el 28 de junio de 1929, por el Delegado de Colombia al IX Congreso Postal Universal, reunido en Londres, que versan sobre canje de cartas y cajas con valor declarado, canje de encomiendas postales, giros postales, cobranzas postales, abonos a diarios y publicaciones periódicas y transferencia de dinero por correo, junto con los respectivos reglamentos de ejecución y protocolos finales. 

  


Artículo 2° Autorizase al Poder Ejecutivo para establecer y reglamentar los servicios internacionales relativos a los Convenios adicionales citados en el artículo anterior. 

  


Artículo 3° Esta Ley regirá desde su sanción. 

  

Dada en Bogotá a diez y ocho de octubre de mil novecientos treinta. 

  

El Presidente del Senado, 

  

IGNACIO A. GUERRERO 

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

RAMON BECERRA ARENAS 

  

El Secretario del Senado, 

  

Antonio Orduz Espinosa 

  

El Secretario de la Cámara de Representantes, 

  

Fernando Restrepo Briceño 

  

Poder Ejecutivo-Bogotá, Octubre 21 de 1930. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

ENRIQUE OLAYA HERRERA 

  

El Ministro de Correos y Telégrafos, 

  

Tulio EnriqueTASCON