LEY161910191007 script var date = new Date(12/07/1910); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLVI. N. 14040. 13, JULIO, 1910. PÁG. 1.ASAMBLEA NACIONAL DE COLOMBIpor la cual se señala la fecha de la vigencia de otra LeyVigencia en EstudiofalsefalsefalseDocumentos sin clasificación especialfalseLEY ORDINARIAfalse13/07/191013/07/191014040411

DIARIO OFICIAL. AÑO XLVI. N. 14040. 13, JULIO, 1910. PÁG. 1.

LEY 16 DE 1910

(julio 12)

por la cual se señala la fecha de la vigencia de otra Ley

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

La Asamblea Nacional de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Desde la presente Ley fuere publicada en el Diario Oficial entrará en vigencia la Ley número 6 del presente año, expedida por la Asamblea Nacional. 

  

Dada en Bogotá, á once de Julio de mil novecientos diez. 

  

El Presidente, 

  

L. SEGOVIA 

  

El Secretario, 

  

Marcelino Uribe Arango 

  

Poder Ejecutivo-Bogotá, Julio 12 de 1910. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

(L. S.) 

  

Ramon gonzalez valencia 

  

El Ministro del Tesoro, 

  

ANTONIO JOSÉ CADAVID