LEY151915191510 script var date = new Date(06/10/1915); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LI. N. 15614. 8, OCTUBRE, 1915. PÁG. 2.CONGRESO DE LA REPÚBLICApor la cual se hace la cesión de unos bienesVigencia en EstudiofalsefalseVivienda, Ciudad y TerritoriofalseDesarrollo territorial|SaludfalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objeto.false08/10/191508/10/19151561411142

DIARIO OFICIAL. AÑO LI. N. 15614. 8, OCTUBRE, 1915. PÁG. 2.

LEY 15 DE 1915

(octubre 06)

por la cual se hace la cesión de unos bienes

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta

  


Artículo 1.° La Nación cede en favor del Hospital de Caridad de Sopetrán, en el Departamento de Antioquia, los siguientes bienes que le pertenecen en propiedad, por remate hecho a su favor en la ejecución que contra Manuel A. Sevillano instauro el Agente de bienes desamortizados de Antioquia: 

  

a) La tercera parte del terreno denominado Isleta del Morrón, sitio en el paraje denominado Loma de Guayabal, en jurisdicción del Distrito de Sopetrán y demarcado todo el globo en general por estos linderos: desde la confluencia de las quebradas Cosme y Sopetrana, ésta arriba hasta su terminación en la cordillera; por toda esta hasta quedar en frente de los nacimientos de la quebrada Purgatorio; esta abajo hasta su desemboque en la quebrada Cosme; Cosme abajo hasta su terminación en la quebrada Sopetrana, punto de partida. 

  

b) Dos pozos de agua salada en el Salado de Córdoba, jurisdicción del mismo Municipio de Sopetran, entamborados con cal y canto, el uno sin horno y el otro con su respectiva cocina y dos fondos de metal. 

  


Artículo 2.° Esta Ley empezará a regir desde su promulgación 

  

Dada en Bogotá a cinco de octubre de mil novecientos quince. 

  

El Presidente del Senado, Pedro Antonio MOLINA - El Presidente de la Cámara de Representantes, Víctor M SALAZAR - El Secretario del Senado, Carlos Tamayo - El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño 

  

Poder Ejecutivo - Bogotá, octubre 6 de 1915. 

  

Publíquese y Ejecútese. 

  

JOSE VICENTE CONCHA - El Ministro de Hacienda, Diego MENDOZA