DIARIO OFICIAL AÑO XVI. N. 4686. 13, ABRIL, 1880. PÁG. 1.
LEY 13 DE 1880
(marzo 31)
Por la cual se concede una autorización al Poder Ejecutivo
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
decreta:
Art. 1.° El Poder Ejecutivo procoderá a celebrar un arreglo con el señor Arzobispo de Bogotá, o con la persona con quien corresponda, para que la parte del edificio del Colejio de San Bartolomé de Bogotá, que ha servido de local del Seminario consiliar, i todas sus anexidades, queden siendo esclusivamente propiedad del Colejio de San Bartolomé.
Art. 2.° El Poder Ejecutivo puede disponer, para celebrar este arreglo, de cualquiera de los otros edificios que la Nación tiene en la capital de la República para cederlo en propiedad al Seminario consiliar, i hasta de veinte mil pesos ($ 20,000) que se tendrán por incluidos para el efecto en el Presupuesto de gastos de la próxima vijencia económica.
Art. 3.° Si el arreglo de que trata esta lei no se verificare en los términos previstos en ella, sino en otros, el Poder Ejecutivo dará cuenta de él al Congreso.
Dada en Bogotá, a treinta de marzo de mil ochocientos ochenta.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,
A.González Carazo.
El Presidente de la Cámara de .Representantes,
Benjamin Núnez.
El secretario del Senado de Plenipotenciarios,
Julio E. Pérez
El Secretario de la cámara de Representantes,
Antonio José Restrepo.
Poder Ejecutivo de la union.-Bogotá, marzo 31 de 1880
Publíquese i ejecútese.
JULIAN TRUJILLO.
El Secretario del tesoro i Crédito Nacional,
Emigdio Palau.