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LEY121874187404 script var date = new Date(27/04/1874); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO MDCCCLXXIV. N. 3149. 30, ABRIL, 1874 PÁG.2.CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIAPor la cual se concede una autorización al poder EjecutivoVigencia en EstudiofalsefalsefalseEducación|Gasto publicofalseLEY ORDINARIA Norma no vigente porque agotó su objetofalse30/04/187430/04/1874314916422

DIARIO OFICIAL. AÑO MDCCCLXXIV. N. 3149. 30, ABRIL, 1874 PÁG.2.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 12 DE 1874

(abril 27)

Por la cual se concede una autorización al poder Ejecutivo

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de los Estados Unidos de Colombia, 

  

En vista de la solicitud del señor José I. Aranza, de 11 de marzo, 

  

decreta

  


Art. 1.° Autorízase al Poder Ejecutivo para que nombre i pague una comision de dos Profesores de Cálculo, que examine i estudie la obra escrita por el citado Aranza, i para la cual se le concedió privilejio con fecha 29 de julio último. 

  


Art. 2.° Si el informe de los comisionados fuere favorable a la obra, ya con respecto a su novedad i ya con relacion a la utilidad que de su publicación pueda derivar el país, el Poder Ejecutivo podrá disponer que de la partida votada en el Presupuesto de gastos para atender a los de la instruccion pública, se le dé al autor de dicha obra hasta la suma de dos mil pesos, como suscricion del Gobierno a igual número de ejemplares para las oficinas nacionales i para las escuelas. 

  

Dada en Bogotá, a veinticinco de abril de mil ochocientos setenta i cuatro. 

  

El Presidente del Senado de potenciarios, 

  

Ramon Gómez

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

Emiliano Restrepo E

  

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios, 

  

Julio E. Pérez. 

  

El Secretario de 1a Cámara de Representantes, 

  

J. David' Guarin. 

  

Bogotá, 27 de abril de 1874. 

  

Publíquese i ejecútese. 

  

El Presidente de la Union, 

  

(L:S:) S. PÉREZ. 

  

El Secretario del Tesoro i Crédito nacional, encargado del Despacho de lo Interior i Relaciones Esteriores, 

  

Nicolas Esguerra.