DIARIO OFICIAL. AÑO LI. N. 15600. 22, SEPTIEMBRE, 1915. PÁG. 1.
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LEY 8 DE 1915
(septiembre 20)
Por la cual se vota una partida para viáticos y gastos de representación de los Delegados de Colombia al segundo Congreso Científico Panamericano de Washington
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º. Destinase la suma de mil quinientos pesos ($ 1.500), para viáticos y gastos de representación de cada uno de los tres Delegados de Colombia al Segundo Congreso Científico Panamericano que se verificara en Washington.
Parágrafo. Al concurso del que habla el Decreto 952 de 1915 podrán ser admitidos todos los trabajos que se presente sobre los temas Prospecto del Segundo Congreso Científico Panamericano de Washington y el jurado calificador los tendrá en cuenta para adjudicar premios.
Artículo 2º. La partida que se vota por este Ley se liquidará en el presupuesto de gastos de vigencia en curso.
Si por lo dispuesto en el Parágrafo del artículo 1° se concediere un premio más, la partida correspondiente se incluirá también en el presupuestos de gastos de la presente vigencia.
Dada en Bogotá a diez y ocho de septiembre de mil novecientos quince.
El Presidente del Senado, PEDRO ANTONIO MOLINA- El Presidente de la Cámara de Representantes, VICTOR M. SALAZAR-El Secretario del Senado, Carlos Tamayo-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, septiembre 20 de 1915
Publíquese y ejecútese.
JOSE VICENTE CONCHA
El Secretario del Tesoro encargado del Despacho,
PEDRO BLANCO S.