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LEY71921192109 script var date = new Date(15/09/1921); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO. LVII. N.17882. 19, SEPTIEMBRE, 1921. PÁG.1CONGRESO DE LA REPÚBLICApor la cual se aprueba la Ordenanza que crea la Provincia de Puerto TejadaVigencia en EstudiofalsefalsefalseEntes territoriales|Organización del estadofalseLEY ORDINARIAfalse19/09/192119/09/1921178834851

DIARIO OFICIAL. AÑO. LVII. N.17882. 19, SEPTIEMBRE, 1921. PÁG.1

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 7 DE 1921

(septiembre 15)

por la cual se aprueba la Ordenanza que crea la Provincia de Puerto Tejada

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta

  


Articulo 1°. Apruébese la Ordenanza numero 33 de 1921, expedida por la Asamblea departamental del Cauca, y en virtud de la cual se crea la Provincia de Puerto Tejada. 

  


Articulo 2°. Esta Ley regirá desde su promulgación. 

  

Dada en Bogotá a trece de septiembre de mil novecientos veintiuno. 

  

El presidente del senado Jorge VELEZ ­ El presidente de la Cámara de Representantes Gonzalo MEJIA ­El Secretario del Senado, Julio D PORTOCARRERO. -El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño 

  

Poder Ejecutivo.- Bogotá, septiembre 15 de 1921. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

MARCO FIDEL SUAREZ. 

  

El Ministro de Gobierno 

  

Luis CUERVO MARQUEZ.