DIARIO OFICIAL. AÑO XXVIII. N. 8906. 29, AGOSTO, 1892. PÁG. 1.
LEY 4 DE 1892
(agosto 26)
que honra la memoria del General Lázaro María Pérez
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Art. 1°. El Congreso de Colombia declara el nombre del General D. Lázaro María Pérez digno de figurar en nuestra historia a la par con los de aquellos ciudadanos que por sus virtudes cívicas y por sus méritos han dado gloria a su patria y han merecido ser propuestos como modelos a posterioridad.
Art. 2°. El salón de las sesiones de la Cámara de Representantes se colocará un retrato del General Pérez; y, a su debido tiempo, el Gobierno nacional, por conducto de su Agente Diplomático en Francia, hará trasladar a esta ciudad los restos del expresado General para que sean entregados a su familia.
Art. 3°. En el Presupuesto que se expida en las sesiones del corriente año se incluirá la partida necesaria para los gastos que ocasione la ejecución de lo dispuesto en el artículo 2.° de esta Ley.
Art. 4°. Una Comisión de la Cámara nombrada por el Presidente pondrá en manos de la señora viuda del General Lázaro María Pérez copia auténtica de esta ley.
Dada en Bogotá, a 25 de Agosto de 1892.
El Presidente del Senado, JOSÉ DOMINGO OSPINA C.-El Presidente de la Cámara de Representantes, ADRIANO TRIBÍN -El Secretario del Senado, Enrique de Narváez-El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Agosto 26 de 1892.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.) M. A. CARO.
El Ministro de Gobierno,
A. B.CUERVO