LEY41937193702 script var date = new Date(26/02/1937); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXIII. N. 23450. 9, ABRIL, 1937. PÁG. 1.CONGRESO DE LA REPÚBLICApor la cual se enaltece la memoria de un artista colombianoVigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseLeyes de homenaje, Honores, conmemorativas y monumentosfalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse09/04/193709/04/193723450571

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIII. N. 23450. 9, ABRIL, 1937. PÁG. 1.

LEY 4 DE 1937

(febrero 26)

por la cual se enaltece la memoria de un artista colombiano

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


ARTICULO 1° La Nación construirá en el Cementerio Central de la ciudad un mausoleo para guardar los restos del conocido y popular artista colombiano Alberto Escobar. 

  


ARTICULO 2° Destinase la cantidad de dos mil pesos ($2,000) para dar cumplimiento a esta Ley, los cuales se consideraran apropiados en el Presupuesto de la próxima vigencia. 

  

Dada en Bogotá a cuatro de febrero de mil novecientos treinta y siete. 

  

El Presidente del Senado, YEZID MELENDRO-El Presidente de la Cámara de Representantes, LUIS BUENAHORA-El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo. 

  

Poder Ejecutivo-Bogotá, 26 de febrero de 1937. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

ALFONSO LOPEZ. 

  

El Ministro de Educación Nacional, 

  

Alberto LLERAS CAMARGO