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LEY11884188403 script var date = new Date(11/03/1884); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XX. N. 6018. 17, MARZO, 1884. PÁG. 1.CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIAPor la cual se concede una autorización al Poder Ejecutivo relativa á los Condes de Casa-ValenciaVigencia en EstudiofalsefalsefalsetrueLEY ORDINARIAfalse17/03/188417/03/1884601801

DIARIO OFICIAL. AÑO XX. N. 6018. 17, MARZO, 1884. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 1 DE 1884

(marzo 11)

Por la cual se concede una autorización al Poder Ejecutivo relativa á los Condes de Casa-Valencia

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de los Estados Unidos de Colombia 

  

Decreta: 

  


Artículo único. Autorízase al Poder Ejecutivo para que éntre en un arreglo con el representante de los herederos de la Condesa de Casa-Valencia con el fin de cambiar los cincuenta y seis mil pesos ($ 56,000) que la Nación reconoce actualmente en Renta nominal á su favor, como usufructuarios del capital de censo procedente del juro de la Casa de Moneda de Popayán, por documentos de deuda flotante ó de Tesorería, expedidos por igual suma y que ganen un interés no mayor del tres por ciento. Estos documentos serán entregados á los legítimos usufructuarios del censo ó á sus representantes, quienes deben devolver, cancelados, los cincuenta y seis mil pesos ($ 56,000) en vales de Renta nominal. 

  

Parágrafo. Este convenio no necesitará ulterior aprobación del Congreso. 

  

Dada en Bogotá, á diez de Marzo de mil ochocientos ochenta y cuatro. 

  

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios, 

  

Aristídes Calderón. 

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

Pedro Salzedo Ramón. 

  

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios, 

  

Clemente Salazar M. 

  

El Secretario de la Cámara de Representantes, 

  

Carlos Cotes. 

  

Poder Ejecutivo nacional-Bogotá, 11 de Marzo de 1884. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

El Presidente de la Unión, 

  

(L. S.) JOSÉ. OTÁLORA

  

El Secretario del Tesoro, 

  

Angel M. Galan.