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LEY11921192108 script var date = new Date(05/08/1921); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LVII. N. 17816. 10, AGOSTO, 1921. PÁG. 1.CONGRESO DE LA REPÚBLICAque honra la memoria del doctor Hernando Holguín y CaroVigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseLeyes de homenaje, Honores, conmemorativas y monumentosfalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse10/08/192110/08/1921178172211

DIARIO OFICIAL. AÑO LVII. N. 17816. 10, AGOSTO, 1921. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 1 DE 1921

(agosto 05)

que honra la memoria del doctor Hernando Holguín y Caro

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


Artículo 1° La Republica honra la memoria del esclarecido estadista, escritor parlamentario doctor Hernando Holguín y Caro, cuya vida, demasiado breve respecto de lo que prometían a la patria sus singulares virtudes, profundo talento y vasto saber, puede presentarse como modelo a la posteridad. 

  


Artículo 2° Un retrato al óleo del doctor Holguín y Caro se colocara en uno de los salones del Senado. 

  


Artículo 3° En el Presupuesto de la próxima vigencia se incluirá la partida necesaria para la ejecución de esa Ley, la cual se remitirá en copia autentica a la familia de Holguín y Caro. 

  

Dada en Bogotá a cuatro de agosto de mil novecientos veintiuno. 

  

El Presidente del Senado, Miguel ARROYO DIEZ-El Presidente de la Cámara de Representantes, Pedro J. BERRIO-El Secretario de la Cámara De Representantes, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño. 

  

Poder Ejecutivo-Bogotá, 5 de agosto de 1921. 

  

Publíquese y Ejecútese. 

  

MARCO FIDEL SUAREZ- El Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.