DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47185. 26, NOVIEMBRE, 2008. PAG. 9.
DECRETO 4460 DE 2008
(noviembre 26)
por el cual se prorroga la vigencia del Decreto 4672 de 2007.
Estado del documento: Derogado.[Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 4672 del 30 de noviembre de 2007, publicado en el DiarioOficial 46.828 del 30 de noviembre de 2007, el Gobierno Nacional estableció un arancel del 30% a las importaciones de maíz blanco clasificado por la subpartida arancelaria 1005.90.12.00, por el término de un (1) año;
Que el Comité de Asuntos Aduaneros Arancelarios y de Comercio Exterior, en su Sesión 193 del 27 de octubre de 2008, recomendó prorrogar la vigencia del Decreto 4672 de 2007, por el término de un (1) año,
DECRETA:
Artículo 1º. Prorróguese la vigencia del Decreto 4672 del 30 de noviembre de 2007, por el término de un (1) año a partir del 30 de noviembre de 2008.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de noviembre de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,
Andrés Felipe Arias Leiva.
El Viceministro de Comercio Exterior, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Eduardo Muñoz Gómez.