DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIV. N. 26912. 8, ENERO, 1949. PÁG. 8.
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DECRETO 4222 DE 1948
(diciembre 23)
Por el cual se aprueba una reforma a los estatutos de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébase la siguiente reforma a los estatutos de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero:
Artículo transitorio. La Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero podrá otorgar préstamos de amortización gradual y de carácter comercial a las personas de que tratan los artículos 4º del Decreto 1766 y 2º del Decreto 2352 de 1948, en los términos y condiciones señalados en esos decretos y con la sola garantía del Gobierno. Este artículo estará en vigencia mientras se cumplen las disposiciones de los decretos mencionados.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 30 de junio de 1948.
MARIANO OSPINA PEREZ
El ministro de Hacienda y Crédito Publico,
jose Maria BERNAL