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DECRETO38131982198212 script var date = new Date(30/12/1982); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXIX. N. 36169. 12, ENERO, 1983. PÁG. 03.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se introducen unas modificaciones en el Arancel de AduanasVigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO12/01/198330/12/198236169993

DIARIO OFICIAL. AÑO CXIX. N. 36169. 12, ENERO, 1983. PÁG. 03.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 3813 DE 1982

(diciembre 30)

Por el cual se introducen unas modificaciones en el Arancel de Aduanas

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 120, ordinal 22, y 205 de la Constitución Nacional, en desarrollo de lo previsto en la Ley 6ª de 1971 y oído el concepto del Consejo Nacional de Política Aduanera. 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º Señálense en 18% el gravamen ad-valorem para la posición 29.42.21.00, hasta el 6 de junio de 1983. 

  


Artículo 2º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 30 de diciembre de1982. 

  

belisario betancur 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público. 

  

Edgar Gutierrez Castro.