DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXV. N. 27175. 26, NOVIEMBRE, 1949. PÁG. 5.
DECRETO 3371 DE 1949
(octubre 24)
Por el cual se modifican los Decretos números 2429 de 1946 y 00274 de febrero de este año y se dictan normas en relación con la Barca de Purificación
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
TENIENDO EN CUENTA:
Que la barca cautiva que prestaba servicio de comunicación en la carretera nacional Purificación-Prado-Dolores-Colombia, y de propiedad de la Nación, desapareció hundida en el río Magdalena;
Que por este motivo el Gobierno dispuso provisionalmente el suministro de una nueva barca y la administración de ella por el Municipio de Purificación;
Que en atención a que dicha administración es deficiente en perjuicio del público, y también a la necesidad del control de ella por parte del Servicio Nacional de Carreteras, se hace necesario asumir su administración ya directa o ya por medio de un concesionario, sin perjuicio de que los dineros que la barca llegue a producir tengan el destino a que se refiere la Ley 121 de 1941,
DECRETA:
Artículo primero. La administración de la barca que sirve de comunicación a la carretera nacional que va de Purificación a Prado-Dolores-Colombia, en los Departamentos de Tolima y Huila, se hará directamente por la Sección de Carreteras Nacionales dependencia del Ministerio de Obras Públicas, quien podrá a su vez si lo estimare conveniente arrendarla u otorgarla en concesión a particulares.
Artículo segundo. Los fondos que se recolectaren por concepto ya de administración de la barca directamente o ya por razón de concesión o arrendamiento de ella, tendrán el destino a que se refiere la Ley 121 de 1941.
Artículo tercero. Estos fondos serán administrados para el efecto del destino especial que tienen por una Junta de la que además de los Alcaldes de Purificación y Prado, hará parte un representante del Ministerio de Obras Públicas.
Artículo cuarto. Quedan en esta forma reformados los Decretos números 2429 de 1946 y 00274 de 1949.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de octubre de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Obras Públicas,
Víctor ARCHILA BRICEÑO