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DECRETO33411980198012 script var date = new Date(15/12/1980); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXVII. N. 35672. 30, DICIEMBRE, 1980. PÁG. 6.MINISTERIO DE COMUNICACIONESPor el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Vial Nacional de la Vigencia fiscal de 1980, en la cantidad de $ 40.000.000VigentefalsefalseTecnologías de la Información y de las ComunicacionesfalseDECRETO ORDINARIO30/12/198015/12/1980356727266

DIARIO OFICIAL. AÑO CXVII. N. 35672. 30, DICIEMBRE, 1980. PÁG. 6.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 3341 DE 1980

(diciembre 15)

Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Vial Nacional de la Vigencia fiscal de 1980, en la cantidad de $ 40.000.000

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el Ministerio de Hacienda distribuyó mediante Resolución número 05944 de noviembre 4 de 1980 una partida asignada en la Ley 44 de noviembre 30 de 1979, artículo 5655, Proyecto 1 Recursos Ordinarios para atender las contrapartidas a préstamos externos BIRF, BID y de otros organismos internacionales de crédito; 

  

Que en 1a mencionada resolución se signan partidas para el Fondo Vial Nacional por valor de cuarenta millones de pesos $ 40.000.000) moneda corriente; 

  

Que para fines de ejecución presupuestal se requiere la incorporación previa de los recursos al Presupuesto del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1980; 

  

Que se han cumplidos los requisitos necesarios, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º. Adiciónase el Presupuesto de Ingresos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1980 en la cantidad de cuarenta millones de pesos $ 40.000.000 moneda corriente, de acuerdo con el siguiente detalle: 

Presupuesto de Ingresos.
Otros Recursos.
Numeral 16
Transferencia del Ministerio. de Hacienda con recursos ordinarios de acuerdo con la Resolución número 05944 de noviembre 4 de 1980$40.000.000
Suma el recurso$40.000.000

Artículo 2º. Con base en el recurso de que trátale artículo anterior, adiciónase, el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1980 en la cantidad de cuarenta millones de pesos $ 40,000.000 moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución: 

Presupuesto de Gastos.
Inversión Directa.
PROGRAMA 05
Plan de Recuperación de Vías Pavimentadas
Artículo (5655)
05Recuperación de Vías Pavimentadas; Contrapartida BIRF -1471-CO$20.000.000
Proyecto
4Ibagué-La Línea (Tolima)$20.000.000
Total Programa 05$20:000.000
PROGRAMA 07
Estudios, Construcción, Reconstrucción y Pavimentación de Carreteras Troncales.
Artículo (5665)
10Troncal Oriental$20.000.000
Proyecto
1Puerto Rico San Vicente (Caquetá) (BID455/SF-CO)20.000:000
Total Programa0720.000.000
Total Presupuesto de Gastos$40.000.000

Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en. Bogotá, D. E., a 15 de diciembre de 1980. 

  

julio cesar turbay ayala 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Jaime García Parra. 

  

El Ministro de Obras Públicas y Transporte, 

  

Enrique Vargas Ramirez.