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DECRETO31931953195312 script var date = new Date(04/12/1953); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XC. N. 28372. 16, DICIEMBRE, 1953. PÁG. 4.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se dictan unas disposiciones relativas al ramo de AduanasVigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO16/12/195316/12/19532837211404

DIARIO OFICIAL. AÑO XC. N. 28372. 16, DICIEMBRE, 1953. PÁG. 4.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 3193 DE 1953

(diciembre 04)

Por el cual se dictan unas disposiciones relativas al ramo de Aduanas

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 4° del Decreto número 2218 del 10 de julio de 1950, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Modifícase la parte pertinente del Decreto 2181 del presente año en el sentido de disponer que a partir del 1° de diciembre próximo sean tres los Oficiales Principales -Abogados Auxiliares- del Departamento Jurídico de la Dirección General de Aduanas. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2° Nómbrase Oficial Principal -Abogado Auxiliar- del Departamento Jurídico de la Dirección General de Aduanas, al doctor Camilo Bedoya Valencia. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 4 de diciembre de 1953. 

  

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos Villaveces.