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DECRETO31801936193612 script var date = new Date(31/12/1936); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXIII. N. 23455. 15, ABRIL, 1937. PÁG. 7.MINISTERIO DE OBRAS PUBLICASPor el cual se reorganizan algunas dependencias del Ministerio de Obras PúblicasVigentefalsefalseTransportefalseDECRETO ORDINARIO15/04/193715/04/1937234551117

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIII. N. 23455. 15, ABRIL, 1937. PÁG. 7.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 3180 DE 1936

(diciembre 31)

Por el cual se reorganizan algunas dependencias del Ministerio de Obras Públicas

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 5º de la Ley 152 de 1936, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. A partir del 1° de enero de 1937, el personal y asignaciones mensuales del Ministerio de Obras Públicas, en las dependencias que en seguida se enumeran, serán los siguientes: 

Ministro$700.00
Secretario General400.00
Oficial de Registro150.00
Oficial Ayudante100.00
Oficial de Correspondencia100.00
Sección 1. ª, Negocios Generales.
Director Abogado300.00
Oficial Mayor200.00
Oficia de Personal y Material200.00
Bibliotecario Archivero120.00
Primer Ayudante del Bibliotecario90.00
Portero Escribiente90.00
Cartero70.00
Cartero Auxiliar50.00
Chofer del Ministro85.00
Sección 2. ª Contabilidad y Estadística.
Director300.00
Oficial de Ordenación180.00
Oficial de Archivo130.00
Contador Primero200.00
Tres Contadores Revisores, cada uno a140.00
Dos Tenedores de Libros cada uno a100.00
Un Oficial de kardex100.00
Dos Ayudantes, cada uno70.00
Dos Mecanógrafas cada una a70.00
Conserje40.00
Cuatro Visitadores cada uno a200.00
Cajero del Ministerio220.00
Ayudante90.00
Sección 3. ª, Dirección General de Ferrocarriles y Carreteras.
Director400.00
Ingeniero Ayudante250.00
Secretario250.00
Oficial Mayor240.00
Ayudante90.00
Oficial de Estadística150.00
Revisor Archivero150.00
Mecanógrafa90.00
Mecanógrafa90.00
Dos Ingenieros Visitadores, cada uno250.00
Dos Visitadores de Almacenes, cada uno a150.00
Un Dibujante125.00
Un Dibujante115.00
Preparador de Copias80.00
Cartero-Copista90.00
Sección 4. ª, Dirección General de Navegación y Puertos.
Director400.00
Subdirector200.00
Ayudante150.00
Ingeniero Ayudante220.00
Ingeniero Ayudante150.00
Oficial Mayor180.00
Dibujante115.00
Mecanógrafa90.00
Archivero Escribiente150.00
Sección 5. ª, Dirección General de Edificios Nacionales.
Director400.00
Subdirector250.00
Secretario Técnico200.00
Secretaria120.00
Jefe de Locativas180.00
Jefe de Estadística160.00
Oficial Mayor120.00
Proveedor200.00
Mecanógrafa90.00
Escribiente60.00
Consejo Nacional de Vías de Comunicación.
Des miembros del Consejo, cada uno a540.00
Secretario300.00
Oficial Mayor150.00

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 31 de diciembre de 1936 

  

ALFONSO LOPEZ 

  

El Ministro de Obras Públicas, 

  

César GARCIA ALVAREZ