Lectura de documento:

Curso SUIN-Juriscol


Inscripciones abiertas

Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad

Inscripciones abiertas

Curso Calidad Normativa


Inscripciones abiertas
DECRETO31001980198011 script var date = new Date(17/11/1980); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXVII. N. 35652. 27, NOVIEMBRE, 1980. PÁG. 4.MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALPor el cual se modifica la jurisdicción administrativa de una Inspección de Trabajo y Seguridad Social, se suprimen y crean unos cargosVigentefalsefalseTrabajofalseDECRETO ORDINARIO27/11/198017/11/1980356524924

DIARIO OFICIAL. AÑO CXVII. N. 35652. 27, NOVIEMBRE, 1980. PÁG. 4.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 3100 DE 1980

(noviembre 17)

Por el cual se modifica la jurisdicción administrativa de una Inspección de Trabajo y Seguridad Social, se suprimen y crean unos cargos

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades que le confieren el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Política y el Decreto 62 de 1976, 

  

DECRETA: 

  


Artículo primero. Suprímase la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Génova (Quindío). 

  

Parágrafo. A partir de la vigencia del presente Decreto, los Municipios de Génova, Córdoba y Pijao, serán atendidos por la División Departamental de Trabajo y Seguridad Social del Quindío, con sede en Armenia. 

  


Artículo segundo. Establécese la Inspección y Jurisdicción de Trabajo y Seguridad Social de Mocoa Intendencia del Putumayo. 

  

Parágrafo. A partir de la vigencia del presente Decreto la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Mocoa (Putumayo), atenderá los Municipios de Mocoa, .Villa Garzón (Villa Amazónica) y Puerto Limón. 

  


Artículo tercero. Suprímanse los siguientes empleos correspondientes a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Génova (Quindío) así: 

Dependencia y denominación del empleoNo. CargosCódigoGrado
Inspector de Trabajo1508513
Secretario151406

Artículo cuarto. Créanse en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Mocoa (Putumayo), los siguientes cargos:

Dependencia y denominación del empleo 

No. CargosCódigoGrado
Inspector de Trabajo1508513
Secretario151406

Artículo quinto. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá D. E., a 17 de noviembre de 1980. 

  

JULIO CESAR TURBAY AYALA 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Jaime García Parra. 

  

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, 

  

Laureano Alberto Ardila. 

  

La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, 

  

Laura Ochoa dé Ardila.