DIARIO OFICIAL. AÑO CXLI. N. 46017. 31, AGOSTO, 2005. PÁG. 60.
DECRETO 3011 DE 2005
(agosto 30)
por el cual se adiciona el Decreto 2360 de 1993 sobre límites de concentración de riesgos.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 49 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero,
DECRETA:
Artículo 1º. Adiciónase el artículo 19 del Decreto 2360 de 1993 con el siguiente inciso:
"Para las operaciones de crédito realizadas en los términos del artículo 9º del presente decreto, el límite de concentración de riesgos será equivalente al cuarenta por ciento (40%) del patrimonio técnico del respectivo establecimiento de crédito".
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de agosto de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.