DIARIO OFICIAL. AÑO CXLI. N. 46017. 31, AGOSTO, 2005. PÁG. 60.
ÍNDICE [Mostrar] |
DECRETO 3011 DE 2005
(agosto 30)
por el cual se adiciona el Decreto 2360 de 1993 sobre límites de concentración de riesgos.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 49 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero,
DECRETA:
Artículo 1º. Adiciónase el artículo 19 del Decreto 2360 de 1993 con el siguiente inciso:
"Para las operaciones de crédito realizadas en los términos del artículo 9º del presente decreto, el límite de concentración de riesgos será equivalente al cuarenta por ciento (40%) del patrimonio técnico del respectivo establecimiento de crédito".
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de agosto de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.