DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXIX. N. 45335. 9, OCTUBRE, 2003. PAG. 23.
DECRETO 2854 DE 2003
(octubre 07)
por el cual se introducen algunas modificaciones al Decreto 2394 del 24 de octubre de 2002.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991 y previo concepto del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 2394 de octubre de 2002, con base en los lineamientos definidos en la sesión 92 del 9 de octubre de 2002 del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, estableció una lista de bienes de capital;
Que en la Sesión 106 del 31 de julio de 2003, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior autorizó la inclusión de nuevas subpartidas arancelarias en la lista de bienes de capital,
DECRETA:
Artículo 1º Incluir en el artículo 1º del Decreto 2394 de 2002, las siguientes subpartidas arancelarias:
8419.89.99.00 |
8422.30.10.00 |
8422.30.90.00 |
8422.40.10.00 |
8422.40.20.00 |
8422.40.90.00 |
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 7 de octubre de 2003.
ALVARO URIBE VELEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Jorge Humberto Botero.