DECRETO27631956195611 script var date = new Date(16/11/1956); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXIII. N. 34570. 11, JUNIO, 1976. PÁG. 9.MINISTERIO DE SALUDPor el cual se confieren unas autorizacionesVigentefalsefalseSalud y Protección SocialfalseDECRETO ORDINARIO27/11/195627/11/1956292075655

DIARIO OFICIAL. AÑO CXIII. N. 34570. 11, JUNIO, 1976. PÁG. 9.

DECRETO 2763 DE 1956

(noviembre 16)

Por el cual se confieren unas autorizaciones

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 28 de 1974, oída la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, 

  

DECRETA

  


Artículo 1° El Jefe del Departamento Nacional de Planeación o su delegado, será miembro permanente, con voz y voto de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. 

  


Articulo 2° El presente Decreto adiciona el artículo 57 de la Ley 75 de 1968 y rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, D. E, a diciembre 17 de 1975. 

  

Alfonso lopez michelsen 

  

El Ministro de Salud Pública, 

  

Haroldo Calvo Núñez

  

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación, 

  

Miguel Urrutia M.