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DECRETO27291977197712 script var date = new Date(02/12/1977); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXIV. N. 34933. 21, DICIEMBRE, 1977. PÁG. 2.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se aclara una apropiación del Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1977VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO21/12/197702/12/19773493311222

DIARIO OFICIAL. AÑO CXIV. N. 34933. 21, DICIEMBRE, 1977. PÁG. 2.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2729 DE 1977

(diciembre 02)

Por el cual se aclara una apropiación del Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1977

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

considerando: 

  

Que el artículo 14 de la Ley 35 de 1976 faculta al Gobierno Nacional para aclarar errores de leyenda y aritméticos que aparezcan en el Presupuesto de Gastos; 

  

Que la Ley 31 de 1977 sobre apertura de .créditos adiciónalas, en e1 presupuesto del Ministerio de Obras Públicas y Transporte, asignó en el Proyecto 1, Grupo 3 (Yumbo-San Marcos) del artículo 6877: Pavimentación carreteras nacionales, Programas BIRF la cantidad de $ 11.300.000.00, cuando lo correcto son $ 11.000.000.00; 

  

Que revisados los antecedentes de la Ley y dado el desequilibrio que presentan los montos de los créditos, aparece claramente que por un error de transcripción mecanográfica se insertó la cantidad de $ 11.300.000.00 cuando en realidad corresponden $ 11.000.000.00, y 

  

Que es necesario hacer la aclaración para corregir el error y desequilibrio anotados, 

  

decreta

  


Artículo 1º Aclárase que la partida apropiada mediante la Ley 31 de 1977 en el Proyecto 1 del artículo 6877 del presupuesto de gastos de inversión de la vigencia dé 1977 del Ministerio de Obras Públicas y Transporte es de once millones de pesos ($ 11.000.000.00) moneda corriente y no $ 11.300.000.00. 

  


Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 2 de diciembre de 1977. 

  

alfonso lopez michelsen 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Alfonso Palacio Rudas