DECRETO 2717 DE 2006
DECRETO27172006200608 script var date = new Date(10/08/2006); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLII. N. 46357. 11, AGOSTO, 2006. PÁG. 1.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOpor el cual se modifica parcialmente el Decreto 2782 de 2001.VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsefalseDECRETO REGLAMENTARIO11/08/200611/08/20064635711

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLII. N. 46357. 11, AGOSTO, 2006. PÁG. 1.

DECRETO 2717 DE 2006

(agosto 10)

por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2782 de 2001.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 30 de la Ley 546 de 1999, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º. El parágrafo 1º del artículo 1º del Decreto 2782 de 2001, modificado por el artículo 1º del Decreto 2753 de 2005, quedará así: 

  

"Parágrafo 1º. Las garantías a que se refiere el presente decreto se otorgarán a los bonos hipotecarios para financiar cartera VIS subsidiable y a los títulos emitidos en procesos de titularización de cartera VIS subsidiable que se emitan hasta el 31 de diciembre de 2006". 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. 

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 10 de agosto de 2006. 

  

ÁLVARO URIBE VÉLEZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Alberto Carrasquilla Barrera. 

  

El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, 

  

Juan Francisco Lozano Ramírez.