DIARIO OFICIAL. AÑO CX. N. 34029. 26, FEBRERO, 1974. PÁG. 3.
DECRETO 2613 DE 1973
(diciembre 15)
Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1973 (Ministerio de Agricultura) por $ 7.000.000.00
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1° del artículo 48 de la Ley 9ª de 1972, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;
Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Publica y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos del Ministerio de Agricultura por $ 7.000.000.00;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió los Certificados de Disponibilidad correspondientes al mayor producto de las rentas globalmente consideradas, de los cuales se utilizan $ 7.000.000, para financiar el crédito adicional de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1973, en la cantidad de siete millones de pesos ($ 7.000.000.00) moneda legal, que con base en los Certificados de Disponibilidad correspondientes expedidos por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
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Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal e 1973.
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 34029 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 4.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 15 de diciembre de 1973.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Echavarría Vélez.