DECRETO24702000200011 script var date = new Date(28/11/2000); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXXVI. N. 44242. 29, NOVIEMBRE, 2000. PAG. 37MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHOpor la cual se modifica la planta de personal de la Imprenta Nacional de ColombiaVigentefalsefalseJusticia y del DerechofalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse29/11/200029/11/2000442423737

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXVI. N. 44242. 29, NOVIEMBRE, 2000. PAG. 37

RESUMEN DE JURISPRUDENCIA [Mostrar]

DECRETO 2470 DE 2000

(noviembre 28)

por la cual se modifica la planta de personal de la Imprenta Nacional de Colombia

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998. 

  

DECRETA: 

  


ARTICULO PRIMERO. Suprimir trescientos veintiséis (326) cargos que conforman la actual planta de personal de trabajadores oficiales de la Imprenta Nacional de Colombia, discriminados así: 

  

No. CARGOS 

CARGO 

GRADO 

1 (UNO) 

ADMINISTRADOR CENTRO COMPUTO 

07 

1 (UNO) 

ADMINISTRADOR PROYECTO 

08 

4 (CUATRO) 

ANALISTA 

01 

3 (TRES) 

ANALISTA 

02 

1 (UNO) 

ANALISTA DE SISTEMAS 

03 

3 (TRES) 

ASESOR GRAFICO 

01 

1 (UNO) 

ASISTENTE 

02 

1 (UNO) 

ASISTENTE CENTRO INFORMACIÓN Y CONSULTA 

01 

1 (UNO) 

ASISTENTE GACETA 

05 

1 (UNO) 

ASISTENTE TURNO 

03 

24 (VEINTICUATRO) 

AUXILIAR 

01 

16 (DIECISÉIS) 

AUXILIAR 

02 

29 (VEINTINUEVE) 

AUXILIAR 

03 

12 (DOCE) 

AUXILIAR 

05 

7 (SIETE) 

AUXILIAR 

07 

1 (UNO) 

AUXILIAR 

10 

1 (UNO) 

AUXILIAR CONTABLE 

08 

1 (UNO) 

AUXILIAR CONTABLE 

09 

2 (DOS) 

AUXILIAR DE CARTERA 

04 

1 (UNO) 

AUXILIAR DE CARTERA 

06 

5 (CINCO) 

AYUDANTE OFICINA 

01 

1 (UNO) 

AYUDANTE OFICINA 

03 

3 (TRES) 

CONDUCTOR 

01 

2 (DOS) 

CONDUCTOR 

02 

1 (UNO) 

COORDINADOR 

01 

7 (SIETE) 

COORDINADOR 

02 

17 (DIECISIETE) 

CORRECTOR 

01 

4 (CUATRO) 

CORRECTOR 

02 

2 (DOS) 

CORRECTOR 

03 

3 (TRES) 

CORTADOR 

01 

9 (NUEVE) 

DIAGRAMADOR 

01 

8 (OCHO) 

DIAGRAMADOR 

02 

3 (TRES) 

DIAGRAMADOR 

03 

4 (CUATRO) 

DIGITADOR 

01 

15 (QUINCE) 

DIGITADOR 

02 

8 (OCHO) 

DIGITADOR 

03 

2 (DOS) 

DIGITADOR 

04 

1 (UNO) 

ELECTRICISTA 

01 

6 (SEIS) 

FOTOMECANICO 

01 

2 (DOS) 

FOTOMECANICO 

02 

1 (UNO) 

JEFE DE PLANTA 

02 

1 (UNO) 

JEFE DE PREPRENSA 

02 

1 (UNO) 

JEFE PROGRAMACIÓN 

01 

19 (DIECINUEVE) 

LECTOR 

01 

1 (UNO) 

MECANICO GENERAL 

01 

5 (CINCO) 

MENSAJERO 

01 

2 (DOS) 

OFICINISTA 

01 

2 (DOS) 

OPERARIO 

01 

4 (CUATRO) 

OPERARIO 

02 

5 (CINCO) 

OPERARIO 

03 

1 (UNO) 

OPERARIO 

04 

3 (TRES) 

OPERARIO 

05 

8 (OCHO) 

OPERARIO 

06 

4 (CUATRO) 

OPERARIO 

07 

5 (CINCO) 

OPERARIO 

08 

10 (DIEZ) 

OPERARIO 

09 

2 (DOS) 

OPERARIO OFFSET 

10 

1 (UNO) 

OPERARIO ROTATIVA 

11 

2 (DOS) 

PRENSISTA 

01 

1 (UNO) 

PROFESIONAL 

02 

2 (DOS) 

PROFESIONAL 

01 

3 (TRES) 

PROFESIONAL 

03 

7 (SIETE) 

PROFESIONAL 

04 

3 (TRES) 

PROFESIONAL 

06 

1 (UNO) 

PROFESIONAL DE MERCADEO 

05 

2 (DOS) 

PROGRAMADOR 

02 

1 (UNO) 

PROGRAMADOR DIARIO Y GACETA 

01 

2 (DOS) 

SECRETARIA 

01 

3 (TRES) 

SECRETARIA 

02 

4 (CUATRO) 

SECRETARIA 

03 

1 (UNO) 

SECRETARIA 

04 

3 (TRES) 

VENDEDOR 

01 

1 (UNO) 

VENDEDOR SENIOR 

02 

1 (UNO) 

COORDINADOR 

03 

  


ARTICULO SEGUNDO. La planta de personal de empleados públicos de la Imprenta Nacional de Colombia estará integrada por los cargos que a continuación se establecen: 

  

No. de Cargos 

Dependencia y Denominación del Cargo 

Código 

Grado 

DESPACHO DEL GERENTE 

1 (UNO) 

Gerente de Entidad Descentralizada 

0015 

24 

2 (DOS) 

Asesor 

1020 

10 

PLANTA GLOBAL 

3 (TRES) 

Subgerente de Entidad Descentralizada 

0040 

22 

1 (UNO) 

Jefe de Oficina Asesora Jurídica 

1045 

16 

1 (UNO) 

Jefe de Oficina Asesora de Planeación 

1045 

16 

2 (DOS) 

Jefe de Oficina 

0137 

19 

  


ARTICULO TERCERO. Fíjase la planta global de personal de los trabajadores oficiales de la Imprenta Nacional de Colombia en doscientos cincuenta y dos (252) cargos. 

  

PARÁGRAFO. Los trabajadores oficiales que no sean incorporados a la nueva planta de personal, tendrán derecho a la indemnización convencional vigente. 

  


ARTICULO CUARTO. El Gerente General podrá distribuir los cargos de trabajadores oficiales y crear grupos internos de trabajo, de acuerdo con la estructura, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la Empresa y por las disposiciones legales vigentes. 

  


ARTICULO QUINTO. El Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia, dispondrá de seis (6) meses a partir de la fecha de publicación del presente Decreto, para efectuar las correspondientes incorporaciones en la nueva planta de personal de los trabajadores oficiales. 

  


ARTICULO SEXTO. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias; en especial el decreto 1390 de 1996. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


PUBLÍQUESE COMUNIQUESE Y CÚMPLASE 

  

Dada en Bogotá D.C., a los 28 de noviembre de 2000. 

  

ANDRES PASTRANA ARANGO 

  

El Ministro de Justicia y del Derecho, 

  

Rómulo González Trujillo 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Juan Manuel Santos 

  

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, 

  

Mauricio Zuluaga Ruiz