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DECRETO24481970197012 script var date = new Date(14/12/1970); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CVII. N. 33238. 9, FEBRERO, 1971. PÁG. 8.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970 (Ministerio de Comunicaciones), por $ 1.208.000.00VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO09/02/197114/12/1970332383288

DIARIO OFICIAL. AÑO CVII. N. 33238. 9, FEBRERO, 1971. PÁG. 8.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2448 DE 1970

(diciembre 14)

Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970 (Ministerio de Comunicaciones), por $ 1.208.000.00

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que por medio del numeral 3° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de Inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito; 

  

Que el Ministerio de Comunicaciones, por medio de la Resolución número 1780, declaró sobrantes los saldos de unas apropiaciones de su Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones de su mismo Presupuesto que resultaron insuficientes, por un valor total de $ 1.208.000. 

  

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 68 de 1970, por un valor igual al que se trata de transferir, y 

  

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en, el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970: 

  

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 

  

Contracréditos: 

  

MINISTERIO DE COMUNICACIONES 

  

Capítulo 335 

  

Ministerio de Comunicaciones 

  

Programa 341 

  

Dirección Superior 

  

Servicios personales 

102, 111, 120. Artículo 3385. Prima Técnica$190.000.00

Gastos generales 

105, 111, 201. Artículo 3389. Mantenimiento y aseguros118.000.00
105, 111, 203. Artículo 3390. Compra de equipo200.000.00
106, 111, 207. Artículo 3392. Servicios de comunicaciones9.000.00
106, 111, 209. Artículo 3393. Servicios Públicos.40.000.00
106, 111, 211. Artículo 3394. Materiales y suministros60.000.00

Programa 342 

  

Radio 

  

Servicios personales 

101, 272, 109. Artículo 3402. Remuneración de servicios técnicos20.000.00
102, 272, 120. Artículo 3406. Prima Técnica36.000.00

Gastos generales 

105, 272, 201. Artículo 3389. Mantenimiento y aseguros130.000.00
105, 272, 203. Artículo 3390. Compra de equipo30.000.00
106, 272, 207. Artículo 3392. Servicios de comunicaciones15.000.00
106, 272, 209. Artículo 3393. Servicios Públicos.20.000.00
106, 272, 211. Artículo 3394. Arrendamientos20.000.00

Programa 343 

  

Telefonía y Telegrafía 

  

Servicios personales 

101, 274, 109. Artículo 3402. Remuneración de servicios técnicos75.000.00
102, 274, 120. Artículo 3406. Prima Técnica45.000.00

Gastos generales 

105, 274, 203. Artículo 3424. Compra de equipo100.000.00
106, 274, 205. Artículo 3425. Viáticos y gastos de viaje50.000.00

Programa 344 

  

Servicios postales 

  

Gastos generales 

106, 271, 205. Artículo 3433. Viáticos y gastos de viaje50.000.00
Suman los contracréditos$1.208.000.00

Créditos: 

  

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 

  

MINISTERIO DE COMUNICACIONES 

  

Capítulo 335 

  

Ministerio de Comunicaciones 

  

Programa 341 

  

Dirección Superior 

  

Servicios personales 

102, 111, 127. Artículo 3388. Auxilio de transporte1.000.00

Gastos generales 

106, 111, 205. Artículo 3391. Viáticos y gastos de viaje57.000.00

Transferencias: 

202, 3031, 402. Artículo 3398. Caja de Previsión Social de Comunicaciones1.050.000.00

Programa 342 

  

Radio 

  

Gastos generales 

106, 272, 205. Artículo 3411. Viáticos y gastos de viaje100.000.00
Suman los créditos$1.208.000.00

Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 14 de diciembre de 1970. 

  

MISAEL PASTRANA BORRERO 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Alfonso Patiño Rosselli.