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DECRETO23731938193812 script var date = new Date(29/12/1938); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXIV. N. 23964. 4, ENERO, 1939. PÁG. 9.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se nombra secretario de la legación de Colombia en AlemaniaVigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO04/01/193904/01/193923964419

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIV. N. 23964. 4, ENERO, 1939. PÁG. 9.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2373 DE 1938

(diciembre 29)

Por el cual se nombra secretario de la legación de Colombia en Alemania

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus atribuciones legales, 

  

CONSIDERANDO 

  

Que por causa de los daños ocurridos recientemente en la línea del ferrocarril del Pacífico, varios correos de encomiendas postales entrados por Buenaventura tuvieron mucho retraso y por esa causa se juntaron varios envíos que han producido un extraordinario recargo de trabajo en la Sección de Encomiendas postales del Exterior, dependiente del Ministerio de Hacienda; 

  

Que, además de lo anterior, por causa del obligado cambio de locales de las oficinas de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca, no se ha podido atender, a las necesidades del comercio importador en las horas ordinarias de servicio, y 

  

Que considerando que mucha de la mercancía que se halla en las oficinas de Encomiendas es de oportunidad comercial para sólo los días de Navidad y Año Nuevo, 

  

DECRETA: 

  

1° Reconócese al personal de la Sección 4° de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca (Encomiendas del Exterior), el valor de las horas extraordinarias que trabaje durante el presente mes de diciembre, a partir del día 21, fecha desde la cual se ha establecido un servicio nocturno extraordinario con el fin de dar curso inmediato a los correos que se hallan por abrir y a las operaciones de registro de manifiestos, reconocimiento, liquidación, triplicación, etc. 

  

La remuneración extraordinaria a que tienen derecho los empleados se liquidará en la proporción prevista por el artículo 10 del Reglamento general de Aduanas, número 14, y se pagará de la partida de material y gastos varios de las Administraciones de Hacienda Nacional, del actual Presupuesto, conforme con la siguiente liquidación: 

Nombre.Empleo.Sueldo mensual.Sueldo por hora.Horas de Extras.Total a Pagar
Rufino Gutiérrez MesaJefe.2000.833049.80
Manuel Camero.Revisor.1200.503030.00
Eduardo Vásquez...Liquidador.800.332415.84
Carlos Latorre.Registrador.800.333019.80
Antonio M. Pinzón.Ayudante.700.293017,40
César AntequeraAyudante.700.293017,40
Luis González S.Ayudante.700.293017,40
Mariana Liévano.Ayudante.700.293017,40
Sacramento Ceballos.Almacenista.1400.583034.80
Ana V. Quintana.Oficial Estadística.700.293017.40
Adolfo Izquierdo.Registrador Encomiendas.700,293017.40
Luis H. Soto.Oficial-Reexpedición.900.373022.20
Benjamín Mora.Guarda.500.213012.60
Arturo Rojas.Guarda.500.213012.60
Rafael Garzón.Guarda.500.213012.60
José C. Duarte.Guarda.500.213012.60
Samuel Rivera.Guarda.500.213012.60
Marco T. Jaramillo.Guarda.500.213012.60
Francisco Pacheco.Guarda.500.213012.60
Total363.78

Publíquese, comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá a 29 de diciembre de 1938. 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos LLERAS RESTREPO