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DECRETO23361995199512 script var date = new Date(29/12/1995); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXXI. N. 42169. 29, DICIEMBRE, 1995. PÁG. 4.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOpor el cual se reglamentan parcialmente los artículos 271 y 272 del Estatuto Tributario modificados respectivamente por los artículos 106 y 108 de la Ley 223 del 20 de diciembre de 1995.VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsefalseDECRETO REGLAMENTARIO29/12/199529/12/19954216944

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXI. N. 42169. 29, DICIEMBRE, 1995. PÁG. 4.

ÍNDICE [Mostrar]

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

DECRETO 2336 DE 1995

(diciembre 29)

por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 271 y 272 del Estatuto Tributario modificados respectivamente por los artículos 106 y 108 de la Ley 223 del 20 de diciembre de 1995.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO

El Presidente de la República, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1o. Derogado 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Artículo 2o.Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de su fecha de publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. 

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los veintinueve días de diciembre de 1995. 

  

ERNESTO SAMPER PIZANO 

  

Viceministro Técnico en cargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito público 

  

Leonardo Villar Gómez.