DIARIO OFICIAL AÑO CXXII. N. 37116. 23, AGOSTO, 1985. PAG.1
DECRETO 2333 DE 1985
(agosto 20)
por el cual se ordena el traslado de una Penitenciaria y se crea una Cárcel de Distrito Judicial.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 1º del Decreto 1817 de 1964,
DECRETA:
Artículo 1ºTrasládase la Penitenciaría Nacional deIbagué, ubicada en el perímetro urbano a las nuevas instalaciones construidas para tal fin en el sitio denominado "Picaleña".
Artículo 2º El traslado que se ordena en el artículo anterior, se entiende que es con todas las dependencias, archivos, equipos, personal directivo, administrativo, de custodia y vigilancia carcelaria, y de los internos que disponga la Dirección General de Prisiones.
Artículo 3º El Ministerio de Justicia, por conducto de la División Administrativa, del Fondo Rotatorio y de la Dirección General de Prisiones, proveerá lo indispensable para el traslado que se dispone y las adaptaciones necesarias para el buen funcionamiento del Edificio.
Artículo 4ºCréase la Cárcel de Distrito Judicial de Ibagué, que funcionará en las instalaciones de la antigua Penitenciaría Nacional cuyo traslado se ordena.
Artículo 5º La organización de la Planta de Personal penitenciario que habrá de destinarse a la Cárcel de Distrito Judicial de Ibagué, corresponderá al Ministerio de Justicia.
Publíquese, comuníquese y cúmplase,
Dado en Bogotá, D. E., a 20 de agosto de 1985.
BELISARIO BETANCUR.
El Ministro de Justicia,
Enrique Parejo González.