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DECRETO23291951195111 script var date = new Date(09/11/1951); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24876. 3, FEBRERO, 1942. PÁG. 7.MINISTERIO DE HIGIENEPor el cual se ordena la construcción de unas obras y se dictan unas disposicionesVigentefalsefalseSalud y Protección SocialfalseDECRETO ORDINARIO29/11/195129/11/1951277667415

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24876. 3, FEBRERO, 1942. PÁG. 7.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2329 DE 1951

(noviembre 09)

Por el cual se ordena la construcción de unas obras y se dictan unas disposiciones

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

En uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo primero. Destinase la suma de un millón cuatrocientos setenta mil pesos ($ 1.470.000.00) para la construcción de Puestos de Salud de los siguientes Municipios: 

 


Artículo segundo. Las partidas de $ 30.000.00 destinada por medio del Decreto número 1698 de 1951 y $ 50.00.00 destinada por Decreto número 1978 del presente año para el Hospital de Uribia (Guajira), serán entregadas por el Ministerio de Higiene al Instituto Nacional de Fomento Municipal para que dicha Institución lleve a cabo las obras señaladas en los mencionados Decretos. 

  


Artículo tercero. De acuerdo con el inciso d) del artículo 3° del Decreto número 289 de 1950, encárgase al Instituto Nacional de Fomento Municipal de la construcción de los Puestos de Salud a que se refiere el artículo 1| del presente Decreto. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 9 de noviembre de 1951. 

  

ROBERTO URDANETA ARRELAEZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo-El Ministro de Higiene, Alonso Carvajal Peralta.