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DECRETO23251995199512 script var date = new Date(29/12/1995); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXXI. N. 42167. 29, DICIEMBRE, 1995. PÁG. 11.MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DE COMERCIOpor el cual se aprueba el Acuerdo número 00016 del 14 de diciembre de 1995, emanado de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura -Inpa-, mediante el cual se establece la Planta de Personal.VigentefalsefalseAgricultura y Desarrollo RuralfalsefalseDECRETO ORDINARIO29/12/199529/12/1995421672424

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXI. N. 42167. 29, DICIEMBRE, 1995. PÁG. 11.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2325 DE 1995

(diciembre 29)

por el cual se aprueba el Acuerdo número 00016 del 14 de diciembre de 1995, emanado de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura -Inpa-, mediante el cual se establece la Planta de Personal.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades y en especial las que le confiere el artículo 74 del 1042 de 1978, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Apruébase el Acuerdo número 00016 del 14 de diciembre de 1995, emanado de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura -Inpa-, cuyo texto es el siguiente: 

  

ACUERDO NUMERO 00016 DE 1995 

  

(diciembre 14) 

  

por el cual se establece la Planta de Personal del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura -Inpa. 

  

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura -Inpa-, en uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial las que le confiere el numeral 10 del artículo 12 del Acuerdo 0001 de 1991, aprobado por el Decreto 1334 de 1991, 

  

ACUERDA: 

  

Artículo 1o. Las funciones propias de las distintas dependencias que conforman la estructura interna del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura -Inpa-, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece: 

NÚMERO DE CARGOS 

DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL EMPLEO 

CÓDIGO 

GRADO 

DESPACHO DEL DIRECTOR 

Director General de Establecimiento Público 

0015 

23 

Profesional Especializado 

3010 

20 

Secretario Ejecutivo 

5040 

20 

Auxiliar Administrativo 

5120 

18 

Conductor Mecánico 

5310 

09 

PLANTA GLOBAL 

Secretario General de Entidad Descentralizada 

0037 

17 

Subdirector General de Establecimiento Público 

0040 

17 

Director Regional 

2035 

24 

Jefe de Oficina 

2045 

22 

Jefe de División 

2040 

22 

10 

Profesional Especializado 

3010 

19 

17 

Profesional Especializado 

3010 

17 

19 

Profesional Especializado 

3010 

15 

28 

Profesional Universitario 

3020 

13 

20 

Profesional Universitario 

3020 

09 

33 

Profesional Universitario 

3020 

08 

Tecnólogo 

4165 

15 

Técnico Administrativo 

4065 

13 

Técnico Administrativo 

4065 

09 

11 

Técnico Operativo 

4080 

13 

10 

Técnico Operativo 

4080 

11 

24 

Técnico Operativo 

4080 

09 

Secretario Ejecutivo 

5040 

18 

Secretario Ejecutivo 

5040 

15 

11 

Auxiliar Administrativo 

5120 

15 

21 

Auxiliar Administrativo 

5120 

13 

16 

Auxiliar Administrativo 

5120 

11 

11 

Auxiliar Administrativo 

5120 

10 

27 

Auxiliar Administrativo 

5120 

09 

Conductor Mecánico 

5310 

09 

41 

Operario Calificado 

5300 

11 

22 

Operario Calificado 

5300 

09 

Artículo 2o. Facúltase al Director General del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura -Inpa-, para distribuir mediante Resolución los cargos que se determinan en el artículo 1o. del presente Acuerdo, conforme con la estructura interna y las necesidades del servicio, así como para reorganizar el funcionamiento interno y redistribuir las áreas de influencia de acuerdo con las condiciones, planes, programas y necesidades de los mismos. 

  

Artículo 3o. Los funcionarios del Inpa se incorporarán a la nueva planta de personal en el térrnino de treinta (30) días siguientes a la expedición del decreto que apruebe el presente Acuerdo y continuarán devengando la asignación básica mensual de la anterior planta, hasta la fecha en que tomen posesión del nuevo cargo. 

  

Artículo 4o. La provisión de empleos de la planta de personal, del Inpa, establecida por el presente Acuerdo, se hará hasta por el monto de las apropiaciones presupuestales vigentes. 

  

Artículo 5o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del Decreto que lo apruebe y deroga el Acuerdo número 013 del 7 de noviembre de 1995 y las demás disposiciones que le sean contrarias. 

  

Comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 14 de diciembre de 1995. 

  

El Presidente, (fdo.) 

  

Clifford Bonilla Smith. 

  

El Secretario, (fdo.) 

  

Ambrosio Niño C.» 

  


ARTICULO 2o El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto número 2294 del 8 de octubre de 1991. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 29 de diciembre de 1995. 

  

ERNESTO SAMPER PIZANO 

  

El Viceministro Técnico de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Leonardo Villar Gómez. 

  

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, 

  

Gustavo Castro Guerrero. 

  

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, 

  

Eduardo González Montoya.