DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXI. N. 42167. 29, DICIEMBRE, 1995. PÁG. 11.
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DECRETO 2325 DE 1995
(diciembre 29)
por el cual se aprueba el Acuerdo número 00016 del 14 de diciembre de 1995, emanado de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura -Inpa-, mediante el cual se establece la Planta de Personal.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades y en especial las que le confiere el artículo 74 del 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1°. Apruébase el Acuerdo número 00016 del 14 de diciembre de 1995, emanado de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura -Inpa-, cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NUMERO 00016 DE 1995
(diciembre 14)
por el cual se establece la Planta de Personal del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura -Inpa.
La Junta Directiva del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura -Inpa-, en uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial las que le confiere el numeral 10 del artículo 12 del Acuerdo 0001 de 1991, aprobado por el Decreto 1334 de 1991,
ACUERDA:
Artículo 1o. Las funciones propias de las distintas dependencias que conforman la estructura interna del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura -Inpa-, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:
NÚMERO DE CARGOS | DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CÓDIGO | GRADO |
DESPACHO DEL DIRECTOR | |||
1 | Director General de Establecimiento Público | 0015 | 23 |
1 | Profesional Especializado | 3010 | 20 |
1 | Secretario Ejecutivo | 5040 | 20 |
1 | Auxiliar Administrativo | 5120 | 18 |
1 | Conductor Mecánico | 5310 | 09 |
PLANTA GLOBAL | |||
1 | Secretario General de Entidad Descentralizada | 0037 | 17 |
3 | Subdirector General de Establecimiento Público | 0040 | 17 |
4 | Director Regional | 2035 | 24 |
3 | Jefe de Oficina | 2045 | 22 |
9 | Jefe de División | 2040 | 22 |
10 | Profesional Especializado | 3010 | 19 |
17 | Profesional Especializado | 3010 | 17 |
19 | Profesional Especializado | 3010 | 15 |
28 | Profesional Universitario | 3020 | 13 |
20 | Profesional Universitario | 3020 | 09 |
33 | Profesional Universitario | 3020 | 08 |
8 | Tecnólogo | 4165 | 15 |
8 | Técnico Administrativo | 4065 | 13 |
9 | Técnico Administrativo | 4065 | 09 |
11 | Técnico Operativo | 4080 | 13 |
10 | Técnico Operativo | 4080 | 11 |
24 | Técnico Operativo | 4080 | 09 |
4 | Secretario Ejecutivo | 5040 | 18 |
4 | Secretario Ejecutivo | 5040 | 15 |
11 | Auxiliar Administrativo | 5120 | 15 |
21 | Auxiliar Administrativo | 5120 | 13 |
16 | Auxiliar Administrativo | 5120 | 11 |
11 | Auxiliar Administrativo | 5120 | 10 |
27 | Auxiliar Administrativo | 5120 | 09 |
4 | Conductor Mecánico | 5310 | 09 |
41 | Operario Calificado | 5300 | 11 |
22 | Operario Calificado | 5300 | 09 |
Artículo 2o. Facúltase al Director General del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura -Inpa-, para distribuir mediante Resolución los cargos que se determinan en el artículo 1o. del presente Acuerdo, conforme con la estructura interna y las necesidades del servicio, así como para reorganizar el funcionamiento interno y redistribuir las áreas de influencia de acuerdo con las condiciones, planes, programas y necesidades de los mismos.
Artículo 3o. Los funcionarios del Inpa se incorporarán a la nueva planta de personal en el térrnino de treinta (30) días siguientes a la expedición del decreto que apruebe el presente Acuerdo y continuarán devengando la asignación básica mensual de la anterior planta, hasta la fecha en que tomen posesión del nuevo cargo.
Artículo 4o. La provisión de empleos de la planta de personal, del Inpa, establecida por el presente Acuerdo, se hará hasta por el monto de las apropiaciones presupuestales vigentes.
Artículo 5o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del Decreto que lo apruebe y deroga el Acuerdo número 013 del 7 de noviembre de 1995 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 14 de diciembre de 1995.
El Presidente, (fdo.)
Clifford Bonilla Smith.
El Secretario, (fdo.)
Ambrosio Niño C.»
ARTICULO 2o El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto número 2294 del 8 de octubre de 1991.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 29 de diciembre de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Viceministro Técnico de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Leonardo Villar Gómez.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,
Gustavo Castro Guerrero.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Eduardo González Montoya.