DIARIO OFICIAL. AÑO CXL. N. 45617. 22, JULIO, 2004. PÁG. 22.
DECRETO 2311 DE 2004
(julio 21)
por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, y
CONSIDERANDO:
Que mediante sentencia de fecha 10 de marzo de 2004, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Sección Segunda - Sala de Descongestión - Subsección “B”, se ordenó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público reintegrar a la señora María Segunda Escobar González, al mismo cargo que desempeñaba al momento de su desvinculación o a otro equivalente o de superior jerarquía, teniéndose como efectivamente servido el tiempo transcurrido entre su desvinculación y el reintegro;
Que la señora María Segunda Escobar González desempeñaba el cargo de Técnico Administrativo Código 4065 Grado 16 al momento de su desvinculación;
Que en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, establecida mediante el Decreto 247 de 2004, modificada por el Decreto 1686 de 2004, no existen cargos vacantes de Técnico Administrativo, Código 4065 Grado 16;
Que se hace necesario dar cumplimiento al fallo proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca;
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió el respectivo certificado de viabilidad presupuestal,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímese de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el cargo que se relaciona a continuación:
PLANTA GLOBAL
N° de cargos | Denominación del cargo | Código- Grado |
1 (uno) | Técnico Administrativo | 4065-17 |
Artículo 2°. Créase en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el siguiente cargo:
PLANTA GLOBAL
N° de cargos | Denominación del cargo | Código- Grado |
1 (uno) | Técnico Administrativo | 4065-16 |
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 247 de 2004.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de julio de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública
Fernando Grillo Rubiano.