DECRETO22981945194509 script var date = new Date(13/09/1945); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO. LXXXI. N. 25943. 22, SEPTIEMBRE, 1945. PÁG. 6.MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIALPor el cual se destina una suma liquidar un Centro de HigieneVigentefalsefalseTrabajofalseDECRETO ORDINARIO22/09/194522/09/1945259438706

DIARIO OFICIAL. AÑO. LXXXI. N. 25943. 22, SEPTIEMBRE, 1945. PÁG. 6.

DECRETO 2298 DE 1945

(septiembre 13)

Por el cual se destina una suma liquidar un Centro de Higiene

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en ejercicio de sus atribuciones legales, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el Centro de Higiene de Ciénaga (Magdalena), funcionó hasta el 15 de agosto último, pues a partir del día 16 fue declarado caducado administrativamente el contrato que regía sobre el particular, por Resolución ejecutiva número 120 de 1945, y 

  

Que es necesario dictar providencia para el pago de los sueldos y gastos del extinguido Centro, que quedaron sin cancelar por falta de las cuotas municipales de junio pasado en adelante, 

  

DECRETA; 

  


Artículo único. Destínase la suma de tres mil ciento treinta y siete pesos veinte centavos ($ 3.137.20) moneda corriente, para que por la Recaudación de Hacienda Nacional de Ciénaga sean pagados los sueldos y gastos del Centro de Higiene, correspondientes a junio, julio y primera quincena de agosto de 1945, pendientes en la fecha de clausura a que se hizo referencia, y según detalles de la liquidación verificada por el Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social. Esta suma se tomará así : del saldo disponible en la Recaudación por las cuotas consignadas por la Nación y el Municipio, $ 1.999.85, y de las cantidades que la Nación tenía apropiadas para cumplimiento del contrato durante el resto del año, $ 1.137.35. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 13 de septiembre de 1945. 

  

ALBERTO LLERAS 

  

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social, 

  

Adán ARRIAGA ANDRADE