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DECRETO22691995199512 script var date = new Date(22/12/1995); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXXI, N. 42163. 26, DICIEMBRE, 1995. PÁG. 41.MINISTERIO DE SALUDpor el cual se adiciona el artículo 25 del Decreto 1876 del 3 de agosto de 1994.VigentefalsefalseSalud y Protección SocialfalsefalseDECRETO REGLAMENTARIO26/12/199526/12/1995421634141

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXI, N. 42163. 26, DICIEMBRE, 1995. PÁG. 41.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2269 DE 1995

(diciembre 22)

por el cual se adiciona el artículo 25 del Decreto 1876 del 3 de agosto de 1994.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política. 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1o. Adiciónase el artículo 25 del Decreto 1876 del 3 de agosto de 1994, en el sentido de establecer que mientras se conforman y entran en funcionamiento los órganos de Administración y Dirección de las Empresas Sociales del Estado, continuarán funcionando con el mismo régimen jurídico administrativo que tenían a la fecha de su transformación en Empresa Social del Estado. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

Publíquese y cúmplase 

  

Dado en Santafé de Bogotá, D.C. a los 22 de diciembre de 1995. 

  

ERNESTO SAMPER PIZANO 

  

El Ministro de Salud, 

  

Augusto Galán Sarmiento.