DECRETO22491945194509 script var date = new Date(07/09/1945); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO. LXXXI. N. 25942. 21 SEPTIEMBRE, 1945. PÁG. 7.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigenteVigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO21/09/194521/09/1945259428637

DIARIO OFICIAL. AÑO. LXXXI. N. 25942. 21 SEPTIEMBRE, 1945. PÁG. 7.

DECRETO 2249 DE 1945

(septiembre 07)

Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

(Ministerio de Obras Públicas). 

  

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus atribuciones legales, y 

  

CONSIDERANDO 

  

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 7 de septiembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acta respectiva, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: 

  

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS 

  

Partida con destinación general. 

  

CAPITULO 89 

Del artículo 1576. Para sueldos del personal de la Inspección de las Obras Fluviales y Marítimas, en el año$ 1.750.00

Partida con destinación general. 

  

CAPITULO 87 

Al artículo 1538. Para sueldos del personal del Ministerio, incluyendo el Departamento de Empresas de Servicio Público y la Dirección Nacional de Transportes y Tarifas, en el año.$ 1.750.00

Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 7 de septiembre de 1915. 

  

ALBERTO LLERAS 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos PELAEZ TRUJILLO, 

  

Secretario General, encargado del Despacho. 

  

El Ministro de Obras Públicas, 

  

Alvaro DIAZ S.