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DECRETO21261968196808 script var date = new Date(03/08/1968); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CIV. N. 32602. 20, SEPTIEMBRE, 1968. PÁG. 10.MINISTERIO DE OBRAS PUBLICASPor el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1968VigentefalsefalseTransportefalseDECRETO ORDINARIO20/09/196803/08/19683260275410

DIARIO OFICIAL. AÑO CIV. N. 32602. 20, SEPTIEMBRE, 1968. PÁG. 10.

DECRETO 2126 DE 1968

(agosto 03)

Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1968

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que por Decreto número 264 de 1968, fue adicionado el presupuesto de inversión del Ministerio de Obras Públicas, con destino al Fondo Vial Nacional, artículo 11122-B, en diez y nueve millones quinientos cincuenta y siete mil ochocientos ochenta y tres pesos con ocho centavos ($ 19.557.883.08) moneda corriente, del cual hasta la fecha, se ha incorporado al presupuesto del Fondo Vial Nacional la suma de nueve millones novecientos veintiún mil trescientos trece pesos con trece centavos ($ 9.921.313.13) moneda corriente, por medio del Decreto número 613 de abril 25 de 1968, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º. Adiciónanse el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional, para la vigencia fiscal de 1968, en la suma de nueve millones seiscientos treinta y seis mil quinientos sesenta y nueve pesos con noventa y cinco centavos ($ 9.636.569.95), según el siguiente detalle: 

  

PRESUPUESTO DE INGRESOS 

  

Ingresos no tributarios. 

  

Aportes. 

Numeral 2-A. Aporte del Gobierno Nacional, Ministerio de Obras Públicas, artículo 11122-B, recursos del crédito externo9.636.569.95
Total de ingresos9.636.569.95

Artículo 2º Con base en el recurso anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional, durante la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1968, en la suma de nueve millones seiscientos treinta y seis mil quinientos sesenta y nueve pesos con noventa y cinco centavos ($ 9.636.569.95) moneda corriente, distribuida en la siguiente forma: 

  

INVERSION DIRECTA 

  

PROGRAMA 01.-Estudios e Interventorías

Artículo 01. Estudios de vías de comunicación, contratación de servicios técnicos y servicios de aerofotogrametría$ 3.636.569.95
Total programa 01$ 3.636.569.95
PROGRAMA 02.
Artículo 03. Estudio, construcción y reconstrucción de puentes$ 6.000.000.00
Total programa 02$ 6.000.000.00
Total del presupuesto de gastos$ 9.636.569.95

Artículo 3º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 3 de agosto de 1968. 

  

CARLOS LLERAS RESTREPO 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama. El Ministro de Obras Públicas. Bernardo Garcés Córdoba.